CESION DE ACCIONES. TELEVISION PARA ABONADOS. CAVI TREINTA Y TRES S.R.L.




Promulgación: 14/04/1998
Publicación: 23/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 632
 VISTO: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones eleva la solicitud formulada por la Sociedad "CAVI TREINTA
Y TRES S.R.L.", adjudicataria del servicio de televisión para abonados en
la ciudad de Treinta y Tres, para que se autorice la incorporación a la
misma, de los sucesores y cónyuge supérstite de uno de sus socios
fallecido.-

 RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo por la Resolución 545/993 de fecha
2 de julio de 1993, autorizó a la citada sociedad a prestar el servicio de
televisión para abonados en la ciudad de Treinta y Tres, siendo sus
titulares los señores Ariel Alejandro Pinho Boasso, Carlos Alberto
Marroche Corti, Jorge Manuel Ois Castro y María Cecilia Saravia Olmos.-

 II) que el señor Ariel Pinho Boasso falleció intestado el 29 de julio de
1993, habiéndose declarado como únicos y universales herederos a sus hijos
Ariel y Alejandro Pinho Muniz y a la cónyuge supérstite Josefina Muniz
Vergara por su porción conyugal.-

 CONSIDERANDO: I) que se da en la especie la causa de fuerza mayor
prevista en el artículo 20 del Decreto 349/990 de fecha 7 de agosto de
1990.-

 II) que si bien, la titularidad de un permiso en la explotación de un
servicio de Radiodifusión o de Televisión para Abonados tiene un carácter
personalísimo y por ende, no susceptible de transmitirse automáticamente
por sucesión, puede el Poder Ejecutivo, dentro de sus facultades
discrecionales en la materia, adjudicarla a un heredero de un titular o
integrante de una sociedad titular de dicho permiso.-

 III) que los señores Ariel y Alejandro Pinho Muniz y la señora Josefina
Muniz Vergara, cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 9no.
del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, en la redacción dada por el
artículo 2do. del Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.-

 ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 4to. y 10mo. del Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de
1977, artículos 8, 9, 18, 19 y 20 del Decreto 349/990 de fecha 7 de agosto
de 1990, en la redacción dada por el Decreto 125/993 de fecha 12 de marzo
de 1993, Decreto 586/990 de fecha 18 de diciembre de 1990, a lo informado
por la Dirección Nacional de Comunicaciones y lo dictaminado por las
Asesorías Letradas de la Dirección Nacional de Comunicaciones y del
Ministerio de Defensa Nacional.-

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia de las acciones de la Sociedad "CAVI
TREINTA Y TRES S.R.L." titular del servicio de televisión para abonados en
la ciudad de Treinta y Tres del Departamento homónimo, pertenecientes al
extinto señor Ariel Alejandro Pinho Boasso, en favor de sus únicos y
universales herederos Ariel Pinho Muniz y Alejandro Pinho Muniz y su
cónyuge supérstite Josefina Muniz Vergara.

2

   Determínase que la Sociedad "CAVI TREINTA Y TRES S.R.L." quedará
integrada por los señores Carlos Alberto Marroche Corti, Jorge Manuel Ois
Castro, María Cecilia Saravia Olmos, Ariel Pinho Muniz, Alejandro Pinho
Muniz y Josefina Muniz Vergara.

3

  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
Ayuda