VISTO: la solicitud de la firma COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE PAZ
S.A. que se dedica a la fabricación de cigarrillos y tabacos, tendiente a
obtener, al amparo del Decreto Ley No. 14.178 de Promoción Industrial,
del 28 de marzo de 1974 y de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo incrementar la
capacidad de producción de la línea de productos de exportación;
II) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.096
del 7 de enero de 1998 considera que corresponde la declaratoria
promocional para la actividad del proyecto de inversión presentado por
COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE PAZ S.A. y propone medidas
promocionales;
CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma COMPAÑIA INDUSTRIAL
DE TABACOS MONTE PAZ S.A., de acuerdo a lo informado por la Dirección
Nacional de Industrias, es viable técnica, financiera y económicamente y
encuadra en los lineamientos del Decreto Ley No. 14.178 del 28 de marzo
de 1974 y de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión de Aplicación (art.
12 de la Ley No. 16.906) y lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178
de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y por la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE PAZ S.A. que tiene como
finalidad incrementar la capacidad de producción de la línea de productos
de exportación.
SANGUINETTI - JULIO HERRERA - JUAN ALBERTO MOREIRA