AUTORIZACION DE CREACION DE SERVICIO DE EMERGENCIA MOVIL. ASOCIACION MEDICA DE SORIANO




Promulgación: 30/05/1989
Publicación: 13/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la solicitud formulada por la Asociación Médica de Soriano, 
para la creación de un Servicio de Asistencia Médica de Emergencia con Unidades Móviles en la ciudad de Mercedes.

   Considerando: I) Lo informado por personal Médico respectivo de la Dirección Coordinación y Control del Ministerio de Salud Pública;

   II) Que la necesidad del Servicio se halla plenamente justificada teniendo en cuanta que Mercedes y sus adyacentes no cuentan con este tipo
de atención, siendo una ciudad de aproximadamente 38.000 habitantes;

   III) Que se da cobertura a unas 22.000 personas en los Servicios de Salud Pública del Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Defensa Nacional e Intendencia Municipal, correspondientes al Subsector público;

   IV) Que en el Subsector privado, la Asociación Médica de Soriano es responsable de la atención de 16.000 afiliados;

   V) Que la Dirección General de la Salud de la precitada Secretaría de Estado, estima corresponde acceder a lo solicitado.

   Atento: a lo establecido en el artículo 3º del decreto 578/986 de 26 
de agosto de 1986,
 
   El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Autorízase a la Asociación Médica de Soriano la creación de un "Servicio de Atención Médica de Emergencia con Unidades Móviles", en la ciudad de Mercedes.

2

   Establécese que la correspondiente habilitación deberá recabarse del Ministerio de Salud Pública.

3

   Comuníquese. -

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA
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