Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud formulada por la Asociación Médica de Soriano,
para la creación de un Servicio de Asistencia Médica de Emergencia con Unidades Móviles en la ciudad de Mercedes.
Considerando: I) Lo informado por personal Médico respectivo de la Dirección Coordinación y Control del Ministerio de Salud Pública;
II) Que la necesidad del Servicio se halla plenamente justificada teniendo en cuanta que Mercedes y sus adyacentes no cuentan con este tipo
de atención, siendo una ciudad de aproximadamente 38.000 habitantes;
III) Que se da cobertura a unas 22.000 personas en los Servicios de Salud Pública del Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Defensa Nacional e Intendencia Municipal, correspondientes al Subsector público;
IV) Que en el Subsector privado, la Asociación Médica de Soriano es responsable de la atención de 16.000 afiliados;
V) Que la Dirección General de la Salud de la precitada Secretaría de Estado, estima corresponde acceder a lo solicitado.
Atento: a lo establecido en el artículo 3º del decreto 578/986 de 26
de agosto de 1986,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase a la Asociación Médica de Soriano la creación de un "Servicio de Atención Médica de Emergencia con Unidades Móviles", en la ciudad de Mercedes.