Visto: la gestión promovida por la Administración Nacional de
Telecomunicaciones tendiente a recabar la autorización pertinente para
proceder a la apertura con ENTEL de Argentina de cuatro circuitos
telefónicos manuales bidireccionales que servirán de enlace con Santiago
de Chile.
Considerando: que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL)
de Chile ha prestado su conformidad al respecto.
Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional y de conformidad con lo establecido en el artículo 4º,
numeral 3º de la ley 14.235 de 25 de julio de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones a
proceder a la apertura con ENTEL de Argentina, de cuatro circuitos
telefónicos manuales bidireccionales Montevideo-Santiago.