TRANSPORTE FLUVIAL. PASAJEROS. TRANSPORTES ANFIBIOS S.R.L.




Promulgación: 08/05/1991
Publicación: 15/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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Dicha autorización se concede con carácter precario y revocable y estará
sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) Comienzo efectivo de la prestación del servicios dentro del plazo de un
año a partir de la notificación de esta resolución, bajo apercibimiento de
caducidad;
b) Cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias para
el abanderamiento de las embarcaciones en la República;
c) Homologación de las tarifas por la Dirección General de Transporte
Fluvial y Marítimo. 
Referencias al numeral
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