El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la iniciativa privada presentada por STILER S.A. al amparo de lo dispuesto por los articules 19 y 20 de la Ley N° 17.555 de 18 de setiembre de 2002;
RESULTANDO: I) que dicha Iniciativa Privada denominada Complejo Administrativo de Usos Múltiples tiene por objeto mejorar el aprovechamiento de dos padrones propiedad del Banco de Seguros del Estado y generar un retorno por rentas inmobiliarias a la Institución;
II) que a tales efectos el proyecto propone tres intervenciones: a) el reciclaje para uso administrativo del edificio original del Sanatorio del Banco de Seguros del Estado, b) la construcción de nueva torre de oficinas y C) la construcción de un edificio de estacionamiento;
III) que el Directorio del Banco de Seguros del Estado por la Resolución de fecha 25 de abril de 2018 resolvió aceptar la propuesta presentada por STILER S.A.;
IV) que se recabó el pronunciamiento de la Intendencia de Montevideo de la que se otorgó vista al interesado la que no fue evacuada;
V) que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas entendió conveniente aceptar la citada Iniciativa Privada por lo fundamentos y consideraciones expuestas a fs. 119;
VI) que el Ministerio de Economía y Finanzas con fecha 26 de diciembre de 2018 informa que no tiene objecciones al proyecto planteado siempre que el Banco de Seguros del Estado no asuma riesgos ni intervenga en negocios ajenos a su giro, de acuerdo a la normativa que lo regula;
VII) que el Banco de Seguros emite nuevo informe con fecha 29 de enero de 2019 en el que indica que la participación en el proyecto de Iniciativa Privada que se gestiona no representa apartamiento de lo establecido en el Ley N° 18.243 de 27 de diciembre de 2007 señalando que aportará dos inmuebles y que no está previsto que el Ente financie las obras que se realizarán;
CONSIDERANDO: que en virtud de los informes recabados se estima pertinente la aceptación de la Iniciativa Privada promovida por Stiler S.A.;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Ley N° 17.555 de 18 de setiembre de 2002 y Decreto N° 442/002 de 28 de setiembre de 2002;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Acéptase la Iniciativa Privada presentada por Stiler S.A.