A los efectos del control y seguimiento, la empresa REIGIA E HIJOS
S.A. deberá documentar ante el Ministerio de industria y Energía
anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto,
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos,
sin perjuicio de toda otra información que la sea requerida.