VISTO: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de
conceder -post mortem- la Medalla de la República Oriental del Uruguay al
ex Embajador de Austria en la República Argentina, Doctor Peter Müller;
CONSIDERANDO: la tan intensa como entusiasta labor desarrollada por el ex
Embajador en favor de los ciudadanos uruguayos y en defensa de los
Derechos Humanos;
ATENTO: a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Concédase -post mortem- la Medalla de la República Oriental del Uruguay
al señor ex Embajador de Austria en la República Argentina, Doctor Peter
Müller.