Visto: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 18 de enero de 1989.
Resultando: que por la misma se dispone la intervención del Seguro de
Enfermedad de los Trabajadores de la Salud (S.E.T.S.), por intermedio
del Banco de Previsión Social, a los efectos de los alcances previstos
por los artículos 47 y 48 del decreto ley 14.407, de 22 de julio de
1975 y artículos 31 y 32 del Decreto Reglamentario 7/976, de 8 de
enero de 1976.
Considerando: I) Que con fecha 21 de diciembre de 1988, a través del
Oficio 776/988 el Banco de Previsión Social envía al Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, actuaciones dando cuenta de gestiones
promovidas por los interesados, tendientes a regularizar las omisiones
que dieron mérito a la promoción de la iniciativa de intervención
mencionada ut-supra;
II) Que en consecuencia, corresponde en la instancia, dejar sin efecto
la intervención dispuesta por la citada Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 18 de enero de 1989.
Atento: a lo expuesto precedentemente.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
Déjase sin efecto, la intervención dispuesta por Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 18 de enero de 1989, al Seguro de Enfermedad
de los Trabajadores de la Salud (S.E.T.S.), en razón de las gestiones
promovidas por los interesados, tendientes a regularizar las omisiones
que dieron mérito a dicho procedimiento.