El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Artículo 9º
del decreto-ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa INDUSTRIALIZADORA DE CARNES URUGUAYA S.A. hasta un
monto en moneda nacional equivalente a U$S 2.624.777 y siempre que se
realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente resolución,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979 del
19 de noviembre de 1979.