APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE RECONVERSION DE INDUSTRIAS LACTEAS (FA-BRIL), CREADO POR LA LEY 20.112
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Contrato de Fideicomiso a celebrarse entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Corporación Nacional Financiera Administradora de Fondos de Inversión S.A.;
RESULTANDO: I) que la Ley N° 20.112, de 5 de enero de 2023, y su modificativa, Ley N° 20.151, de 26 de mayo de 2023, crearon el Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas, con la finalidad de apoyar la transformación productiva de industrias de pequeño y mediano porte dedicadas al procesamiento primario de leche;
II) que las citadas normas prevén que la administración del Fondo pueda realizarse a través de un fideicomiso de administración;
III) que los titulares del Fondo han acordado los términos contractuales del referido fideicomiso;
IV) que su objeto es administrar los Bienes Fideicomitidos, para otorgar los Beneficios a los Beneficiarios de las asistencias, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 20.112 y su Decreto Reglamentario N° 97/023, de 22 de marzo de 2023;
V) que el Tribunal de Cuentas de la República realizó la intervención previa correspondiente, no formulando observaciones a lo actuado;
CONSIDERANDO: I) que a los efectos de facilitar la implementación del Fondo y el otorgamiento de los beneficios previstos, se entiende conveniente proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Fideicomiso referido;
II) que, asimismo, resulta conveniente autorizar su suscripción en nombre y representación del Estado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase el proyecto de Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas (FA-FRIL) creado por la Ley N° 20.112, de 5 de enero de 2023 y su modificativa Ley N° 20.151, de 26 de mayo de 2023, (*) cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Resolución.