TRANSPORTE AEREO. VIGILANCIA DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL AERONAUTICA




Promulgación: 13/04/2009
Publicación: 21/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 855
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), solicita la
autorización para la ampliación de la contratación con el Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Proyecto URU 06/018 "Apoyo a la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica en el
cumplimiento de la normativa internacional en materia de vigilancia de la
seguridad operacional aeronáutica", por el plazo de dos años.

RESULTANDO: I) que el citado Proyecto URU 06/018 para asistir a la
autoridad aeronáutica uruguaya y con el objeto de dar cumplimiento
integral a las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI) sobre la supervisión continua de la seguridad
operacional aeronáutica, fue autorizado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de Presidencia de la República y por el Programa de Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD).

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 19 de diciembre de 2005
(número interno 83.318) se autorizó al Comando General de la Fuerza Aérea
- Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA), a iniciar las gestiones ante la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto (OPP) y el Programa de Naciones Unidas (PNUD), para la
concreción de un nuevo Proyecto de Supervisión Continua de la Seguridad
Operacional a partir del año 2006, a efectos de dar cumplimiento integral
a las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional
(OACI).

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de mayo de 2007
(número interno 84.389), se autorizó al Comando General de la Fuerza Aérea
- Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA), a contratar en forma directa con el Programa de Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD), al amparo de lo dispuesto por el literal E) del
numeral 3) del artículo 33 del "T.O.C.A.F. 1996" y a efectuar la
transferencia a dicho Programa por el límite máximo del monto de U$S
720.040,00 (dólares estadounidenses setecientos veinte mil cuarenta con
00/100), teniendo una vigencia inicial de dos años y con fecha de
finalización para el 31 de diciembre de 2008.

CONSIDERANDO: I) que la contratación mediante el Programa de Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) se ha mostrado como una herramienta muy
eficaz para el cumplimiento de las obligaciones nacionales en cuanto al
seguimiento de las normas y métodos recomendados internacionalmente en
materia aeronáutica.

II) que para continuar con la implementación de las normas y métodos
recomendados, resulta necesario extender el Proyecto de referencia por un
plazo de dos años.

III) que se dio intervención al Tribunal de Cuentas quien resolvió que
cuando el Poder Ejecutivo disponga el gasto, se cometa al Contador
Delegado la intervención de la suma correspondiente, a ser transferida al
PNUD, previo control de la imputación efectuada con cargo a grupo adecuado
con disponibilidad suficiente.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), por el
Director General de Recursos Financieros y por la Dirección Planeamiento y
Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica (DINACIA), la ampliación de la contratación con el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Proyecto URU 06/018 "Apoyo
a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica en
el cumplimiento de la normativa internacional en materia de vigilancia de
la seguridad operacional aeronáutica", por el plazo de dos años, a efectos
de dar cumplimiento integral a las recomendaciones de la Organización de
Aviación Civil Internacional (OACI).

2

 Cométese al Contador Delegado la intervención de la suma de U$S
410.000,00 (dólares estadounidenses cuatrocientos diez mil con 00/100), a
ser transferida al PNUD, previo control de la imputación efectuada con
cargo a grupo adecuado con disponibilidad suficiente.

3

 Comuníquese, publíquese y por la Dirección Secretaría Central del
Ministerio de Defensa Nacional remítase copia al Tribunal de Cuentas y a
la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA) a sus efectos.

TABARE VAZQUEZ - JORGE MENENDEZ
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