VISTO: la solicitud de la empresa CINTERPI S.R.L. (COMPLEJO TURISTICO
CERRO DEL TORO), tendiente a que se modifique las resoluciones del Poder
Ejecutivo de fecha 15 de julio de 1998 y modificativa de fecha 5 de abril
de 2000, por la que se declara de Interés Nacional de acuerdo a lo
establecido por el inciso 2o. del artículo 1o. del Decreto No. 291/95 del
2 de agosto de 1995, la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita extender el plazo previsto en el numeral
5o. de la mencionada resolución, debido a motivos ajenos a la empresa que
retrasaron el cronograma original de inversiones del proyecto;
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12o. de la ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido por el Decreto No. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el numeral 1o. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
5 de abril de 2000, a fin de establecer que el plazo que regirá la
exoneración de las inversiones se extenderá hasta el 30 de junio de
2001;