OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE TELECOMUNICACIONES CLASE "B" A MELO TV CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA




Promulgación: 11/11/2024
Publicación: 21/11/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por MELO TV CABLE S.R.L., a efectos de que se le otorgue la Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos en las áreas geográficas donde actualmente ostenta licencia Clase D para la prestación del servicio de TV para Abonados por sistema alámbrico (localidades de Melo, Isidoro Noblía, Lago Merín y Tupambaé del departamento de Cerro Largo);

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 136/997, de 25 de febrero de 1997 se autorizó a MELO TV CABLE S.R.L. a prestar el servicio de televisión para abonados por modalidad cable en la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo;

   II) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 214/998, de 10 de marzo de 1998 se autorizó a MELO TV CABLE S.R.L. a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema cable en las localidades de Aceguá, Barrio Hipódromo, Fraile Muerto, Isidoro Noblía, Lago Merín y Tupambaé;

   III) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1667/001, de 20 de noviembre de 2001 se revocó la autorización otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 214/998, de 10 de marzo de 1998 para prestar el servicio de televisión por cable en las localidades de Aceguá y Barrio Hipódromo, del departamento de Cerro Largo;

   IV) que por Resolución del Poder Ejecutivo S/N, de 24 de diciembre de 2003 se aceptó la renuncia a la autorización otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 214/998, de 10 de marzo de 1998 para prestar el servicio de televisión por cable en la localidad de Fraile Muerto, del departamento de Cerro Largo;

   V) que por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) N° 425, Acta 046, de 4 de diciembre de 2003, se otorgó a MELO TV CABLE S.R.L. Licencia de Telecomunicaciones Clase D en las localidades y zonas donde operaba a dicha fecha;

   CONSIDERANDO: I) que conforme al artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, los titulares de servicios de comunicación audiovisual de televisión para abonados que operan mediante cable tendrán derecho a solicitar licencias para prestar servicios de banda ancha y acceso a internet, a través del empleo de sus redes propias, desarrollos futuros o de recursos que contraten con terceros, en igual área de cobertura a la de su respectiva licencia;

   II) que el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, enumera taxativamente los requisitos que deben cumplirse para la obtención de una Licencia de Telecomunicaciones;

   III) que los informes de la URSEC y de la Asesoría Técnica de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) dictaminan que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por la norma para conceder la licencia solicitada;

   IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, comparte los dictámenes técnicos referidos sugiriendo otorgar la Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos solicitada por MELO TV CABLE S.R.L.;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Otórgase a MELO TV CABLE S.R.L., la Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos en las áreas geográficas donde opera con su licencia Clase D (localidades de Melo, Isidoro Noblía, Lago Merín y Tupambaé del departamento de Cerro Largo).

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

   LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO
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