DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. LOS NIETITOS S.A.




Promulgación: 03/08/1988
Publicación: 22/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 260
 Visto: la solicitud de la firma Los Nietitos S.A. que se dedica a la
fabricación de dulces y mermeladas diversas, tendiente a obtener al
amparo del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de
1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;

 Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la ampliación de la
línea de prodicción de dulces.

 II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Los Nietitos S.A. es viable ténica, financiera y
económicamente y beneficia la economía en su conjunto en cuanto mejora la
calidad de la producción.

 Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria y Energía y lo establecido por el decreto ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974;

 El Presidente de la República


                             RESUELVE:

1

  Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Los Nietitos S.A., dedicada a la fabricación de dulces y
mermeladas diversas, para la ampliación de la línea de producción de
dulces.

2

  Exonérase en forma total a la empresa Los Nietitos S.A. de todo recargo
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional":

- Una (1) máquina envasadora automática con accesorios y repuestos.
- Una (1) bomba de desplazamiento positivo, con accesorios y repuestos.
- Una (1) peladora, con accesorios y repuestos.

3

  Otórgase a la firma Los Nietitos S.A. la exoneración prevista en el
artículo 1º del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984 hasta un monto
máximo generador de dicha exoneración, de U$S 54.843 que deben integrarse
antes de 30/04/89. En virtud del Art. 3º del decreto ley 15.548, la
empresa Los Nietitos S.A. no gozará del beneficio de Canalización del
Ahorro previsto en el decreto ley 14.178, Art 9º. La empresa Los Nietitos
S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias
y trámites judiciales que sean necesarios ampliando el capital autorizado,
y emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al
inciso 1º del presente numeral, hasta el día 30/04/90.

4

  A a lo efectos del control y seguimiento, la empresa Los Nietitos S.A.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.

5

  A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, así como de lo establecido en la Resolución
de la Administración Nacional de Puertos del 19/3/87, el Ministerio de
Industria y Energía, previo informe de la Unidad Asesora, certificará a
los organismos competentes de pertinencia de los mismos de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.

6

  Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto.

  Su incumplimiento podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado
de oficio o a petición de parte la revocación de la declaración de Interés
Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 13 del decreto ley
14.178 de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan.

7

   Comuníquese, etc.-

SANGUINETTI - OPE PASQUET IRIBARNE - LUIS MOSCA - JORGE PRESNO HARAN
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