OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CERVECERIA Y MALTERIA PAYSANDU S.A.




Promulgación: 05/05/1999
Publicación: 14/05/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por la firma CERVECERIA Y MALTERIA PAYSANDU
S.A., solicitando del Poder Ejecutivo, un régimen especial de Seguro por
Desempleo para cuarenta y uno (41) de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a decrecer su
producción en virtud de serias dificultades para la exportación de sus
productos, por factores coyunturales ajenos a su producción, que han
afectado a la Industria en nuestro país.

II) Que dichos factores determinan que la empresa se vea en la necesidad
de enviar al Seguro por Desempleo a trabajadores que han agotado la
prestación y que no cumplen con la exigencia del transcurso de un año
desde la última prestación.

CONSIDERANDO: I) Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado por el
artículo 10º del Decreto Ley 15.180, de 20 de agosto de 1981, a
establecer un régimen especial de seguro por desempleo, total o parcial,
por razones de interés general para ciertas categorías laborales.

II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, afectada por la baja de las exportaciones a los
efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las medidas
tendientes a su reactivación, reincorporación del personal, y evitar, de
esa forma, la pérdida de la fuente de trabajo de su personal
especializado.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Artículo 10
del Decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Concédese un régimen de Seguro por Desempleo Especial que abona el Banco
de Previsión Social a cuarenta y un (41) trabajadores de CERVECERIA Y
MALTERIA PAYSANDU S.A., fijándose el mismo por un plazo de 60 (sesenta)
días, liquidándose la prestación de conformidad a lo que dispone el
artículo 6º del Decreto Ley 15.180, de 20 de agosto de 1981.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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