CREACION DE LA COMISION ASESORA HONORARIA. ZONAS FRANCAS




Promulgación: 17/03/1986
Publicación: 03/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 668
    Visto: el decreto ley 14.498, de 19 de febrero de 1976 por el cual se
estructura el régimen general de las Zonas Francas en el Uruguay.

    Resultando: I) Que el desarrollo sostenido que han tenido últimamente
dichas zonas y la posibilidad de captar nuevos usuarios, tanto de carácter
comercial como industrial;

    II) Que de lo antecitado en el Resultando anterior, se han constatado
la íntima relación que tiene el tema de las Zonas Francas con competencias
de otros Ministerios y de otras Unidades Ejecutorias que pueden coadyuvar
al mejor logro del objetivo global.

    Considerando: que a tales efectos y en la búsqueda de una mejor
coordinación de los organismos atinentes en el área específica, es que se
resolverá crear una Comisión Asesora Interministerial.

    Atento: al decreto ley citado en el Visto y a lo dispuesto
genéricamente por el inciso 3º del artículo 3º del decreto 734/976, de 3
de noviembre de 1976,

                      El Presidente de la República

                            RESUELVE:

1

    Créase una Comisión Asesora Honoraria de carácter consultivo en el
ámbito de la Dirección de Zonas Francas.

2

   Dicha Comisión estará compuesta por cuatro miembros, por el Director de
Zonas Francas, que la presidirá, por un representante del Ministerio de
Relaciones Exteriores y por un representante del Ministerio de Industria y
Energía.

3

    La Comisión Asesora que se crea tendrá como cometidos principales
colaborar con la Dirección de Zonas Francas en la evaluación de Proyectos
de Inversión presentados por los futuros usuarios; elaborará propuestas de
organización de las diferentes dependencias y sugerirá reglamentaciones y
controles a aplicarse, así como cualquier otro tema relacionado y que sea
propuesto por el Director de Zonas Francas.

4

    La Comisión sesionará en las dependencias de Zonas Francas la que
brindará todo el apoyo material y humano para el cumplimiento de sus
fines. Sus asesoramientos no tendrán carácter vinculante.

5

 Comuníquese, publíquese, etc

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - ENRIQUE IGLESIAS - CARLOS JOSE
PIRAN
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