DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. DALER S.A.




Promulgación: 03/08/1988
Publicación: 23/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 264
  Visto: la solicitud de la firma "Daler S. A." que se dedicará a la
fabricación de tanques para enfriamiento de leche tendiente a obtener, al
amparo del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de
1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.

  Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la instalación de
una Planta Industrial para la elaboración de tanques para la conservación
de la leche;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la Actividad del proyecto de
inversión presentado por "Daler S. A." y propone medidas promocionales.

  Considerando: que el proyecto presentado por la firma "Daler S. A." es
viable técnica, financiera y económicamente y beneficia la economía en su
conjunto en cuanto contribuye a las exportaciones de productos de alto
valor agregado nacional.

  Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria y Energía y lo establecido por el decreto ley 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974,

                 El Presidente de la República


                             RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por "Daler S.A.", que se dedicará a la fabricación de tanques
para enfriamiento de leche, para la instalación de una Planta Industrial.

2

   Exonérase en forma total a la empresa "Daler S. A." de todo recargo
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional":

- Una (1) máquina para pulir soldaduras con accesorios y repuestos.
- Dos (2) camisas expandibles hidráulicamente.
- Una (1) normalizadora de cordones de soldadura circulares y rectas.
- Dos (2) camisas armadoras para soportar presión de llenado de
  poliuretano, con grupo hidráulico.
- Dos (2) depósitos graduados, para medir tanques frigoríficos.
- Dos (2) equipos para instalación y mantenimiento de tanques
  frigoríficos, completos con todos sus accesorios y repuestos.
- Una (1) amoladora.
- Una (1) remachadora.
- Un (1) utillaje para posicionar tubos de carga y descarga fondo
  elevador.
- Un (1) utillaje para tapar y cargar presión para prueba del fondo.
- Un (1) utillaje para posicionar topes de medida.
- Un (1) utillaje para la altura de los topes en la cuba.
- Un (1) dispositivo para perforar la regla de medida.
- Un (1) utillaje para el pulido de la cuba y el recubrimiento.
- Setenta (70) cepillos.
- Una (1) máquina de soldar para formar virolas.
- Un (1) útil para unir la cubeta con el tapón.
- Un (1) posicionar con regulador de velocidad.
- Dos (2) aros interiores para cada diámetro con pasamano de cobre.
- Un (1) carro para pulir a rayas.
- Un (1) tormo para el pulido con piedras del interior de los tanques.
- Una (1) máquina para girar la pestaña de recubrimiento.
- Una (1) camisa expandible hidráulicamente con rotación regulable.
- Una (1) camisa armadora para soportar presión.
- Una (1) carretilla.

3

  El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Art. 9º del
decreto ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa "Daler S. A." hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 223.492.00 y siempre que se realicen dentro del plazo de
18 meses a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el Art. 64 del decreto 663/979 del 19 de noviembre de 1979.

4

  El aumento de capital de la empresa "Daler S. A." hasta un incremento
equivalente a U$S 223.492.00 estará exonerado del Impuesto de contralor
creado por el artículo 69 de la ley 15.767, siempre que el hecho generador
del tributo se cumpla dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente
resolución.

  El monto del beneficio que se concede será disminuido proporcionalmente
de acuerdo a la relación que guarde el valor real al que se integran las
acciones (incluído primas) y su correspondiente valor nominal.

5

  A los efectos del control y seguimiento, la empresa "Daler S. A." deberá
documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante
los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos
y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.

6

  A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, así como de lo establecido en la Resolución de
la Administración Nacional de Puertos del 19/3/87, el Ministerio de
Industria y Energía, previo informe de la Unidad Asesora, certificará a
los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.

7

  Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte la
revocación de la declaración de Interés Nacional, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 13 del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial y
demás disposiciones concordantes o que se establezcan.

8

   Comuníquese, etc.-

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - OPE PASQUET IRIBARNE - LUIS MOSCA
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