AUTORIZACION AL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA PARA LA ACEPTACION DE BIENES OFRECIDOS COMO DONACIONES Y EXONERACION TRIBUTARIA DE SUS TRAMITES DE IMPORTACION
La Administración Nacional de Puertos, la Dirección Nacional de Aduanas,
y la Dirección General de Correos, con el permiso o expediente que se
confeccione en base a la nota presentada por el Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca, donde conste la aceptación de la donación al amparo
de la presente resolución, iniciarán y cancelarán la operación de despacho
libre de tramitación bancaria y con exoneración de recargos, incluso el
mínimo, del Impuesto Aduanero Unico a las Importaciones, de la tasa de
movilización de bultos, de la tarifa preceptuada por el artículo 4º del
decreto 305/986, de 9 de junio de 1986, de tasas consulares y postales.