DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. SOCIEDAD DE FOMENTO RURAL. DURAZNO




Promulgación: 26/11/1980
Publicación: 07/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1356
  Visto: la solicitud de la firma Sociedad de Fomento Rural de Durazno,
que incrementará su giro con la industrialización de productos lácteos,
tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178 de Promoción Industrial,
del 28 de marzo de 1974, la declaración de Interés Nacional para la
actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la
concesión de diversos beneficios promocionales

  Resultando: I) Que el proyecto presentado se refiere a la implantación
de una planta pasterizadora e industrializadora de leche;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Sociedad de Fomento Rural de Durazno y propone
medidas promocionales.

  Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la firma Sociedad de Fomento Rural de Durazno, por
cuanto el proyecto es viable técnica, financiera y económicamente y
encuadra dentro del Plan Nacional de Desarrollo en cuanto tiene como
finalidad abastecer con leche pasterizada a la ciudad de Durazno y zona de
influencia así como la elaboración de queso tipo Dambo con destino al
mercado interno y a la exportación.

   Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,

                  El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Sociedad de Fomento Rural de Durazno, que incrementará su
giro con la industrialización de productos lácteos, para la implementación
de su planta industrial.

2

   Exonérase en forma total a la empresa Sociedad de Fomento Rural de
Durazno, de recargos incluso el mínimo, derechos y tasas consulares,
proventos y tasas portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación,
Tasa de Movilización de Bultos y en general de todo tributo cuya
aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo nacional:

-    Una (1) plataforma para recepción de tarros.
-    Una (1) cinta transportadora de tarros llenos.
-    Un (1) conjunto moto reductor.
-    Una (1) curva con disco giratorio 90º.
-    Una (1) curva con disco giratorio 45º.
-    Una (1) mesa volcadora de tarros.
-    Una (1) cinta transportadora de tarros vacíos (rodetes libres).
-    Una (1) cinta transportadora de tarros vacíos (mecanizada).
-    Un (1) conjunto moto reductor.
-    Una (1) curva con disco giratorio.
-    Una (1) cinta para transporte de tarros de leche ácida.
-    Una (1) mesa volcadora de tarros.
-    Una (1) máquina para lavar tarros.
-    Un (1) tanque para recepción de leche ácida.
-    Una (1) bomba centrífuga sanitaria.
-    Una (1) desnatadora chica.
-    Una (1) balanza para pesar leche.
-    Un (1) tanque doble para la balanza.
-    Una (1) bomba centrífuga sanitaria.
-    Un (1) tanque para recepción de leche.
-    Un (1) filtro tubular.
-    Un (1) conjunto de pasterización compuesto de:
-    Un (1) tanque de equilibrio.
-    Una (1) bomba centrífuga sanitaria.
-    Un (1) pasterizador de placas.
-    Un (1) retardador tubular.
-    Un (1) by-pass para estandarización.
-    Un (1) generador de agua caliente.
-    Un (1) panel de control.
-    Una (1) bomba para agua caliente.
-    Dos (2) bombas centrífugas.
-    Una (1) válvula desviadora neumática.
-    Una (1) desnatadora grande.
-    Una (1) bomba centrífuga sanitaria.
-    Dos (2) tanques isotérmicos para almacenaje de leche.
-    Una (1) envasadora automática.
-    Un (1) tanque para maduración de la crema.
-    Una (1) batidora de tambor para manteca.
-    Una (1) mesa inoxidable para moldeo.
-    Dos (2) tanques para fabricación de queso.
-    Un (1) agitador mecánico para queso.
-    Una (1) bomba centrífuga sanitaria.
-    Un (1) tanque de pre-prensado.
-    Dos (2) mesas de acero inoxidable.
-    Una (1) prensa neumática vertical.
-    Un (1) tanque de proceso (fermentador).
-    Una (1) máquina para envasado de queso.
-    Un (1) tanque para encogimiento.
-    Un (1) conjunto móvil para limpieza química.
-    Un (1) conjunto de tubos, registros y conexiones de acero inoxidable.
-    Un (1) equipo de frío a amoníaco formado por:
-    Un (1) compresor.
-    Un (1) condensador evaporativo.
-    Un (1) depósito de líquido.
-    Un (1) serpentín para acumulación de hielo.
-    Un (1) tanque para agua helada.
-    Un (1) conjunto de tubos, registros y conexiones para amoníaco.
-    Un (1) sistema termostático.
-    Una (1) centrífuga y otros materiales de laboratorio.
-    Un (1) grupo generador eléctrico de 49 KVA.

3

   Exonérase en forma total a la empresa Sociedad de Fomento Rural de
Durazno, de recargos incluso el mínimo, derechos y tasas consulares,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y
en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
competitivo nacional:

-    Quinientos ochenta (580) formas plásticas para quesos.
-    Dos (2) liras para elaboración de quesos.
Referencias al numeral

4

   Exonéranse los tributos que recaigan sobre la constitución de garantías
hipotecarias previstos para la ejecución del proyecto, por el lapso de 2
años a partir de la presente resolución.

5

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa Sociedad de Fomento
Rural de Durazno deberá documentar ante el Ministerio de Industria y
Energía anualmente y durante los años 1 a 10 de la puesta en marcha del
proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los
exportados, sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.

6

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

7

   Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - EDUARDO J. SAMPSON
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