ADJUDICACION DE SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS POR TECNOLOGIA DE ESPECTRO EXPANDIDO. DIVEO URUGUAY S.A.




Promulgación: 13/03/2001
Publicación: 20/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 620
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de 
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por la empresa "DIVEO 
URUGUAY S.A." para que se le conceda autorización para instalar y operar 
un sistema comercial de transmisión de datos empleando la tecnología de 
espectro expandido.-

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informó que 
no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado y que el empleo de 
las bandas de frecuencias identificadas para el despliegue de estos 
sistemas con tecnología de espectro expandido, conlleva el uso compartido 
del recurso espectral entre diversos sistemas que utilicen las mismas 
frecuencias en carácter secundario, lo cual significa que no existen 
asignaciones individuales ni protección contra posibles interferencias 
perjudiciales.-

II) que las condiciones técnico administrativas de instalación, puesta en 
funcionamiento y operación del sistema deberán ser establecidas por la 
Dirección Nacional de Comunicaciones, incluyendo las frecuencias 
radioeléctricas que en el caso se requieran.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección 
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de 
Defensa Nacional y a lo dispuesto en el numeral 3ro. del artículo 4to. 
del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada 
por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a "DIVEO URUGUAY S.A." la instalación y operación con 
carácter comercial, de un sistema inalámbrico para la prestación no 
exclusiva del servicio de transmisión de datos con excepción de los 
servicios de telefonía y radiodifusión, a través de la tecnología de 
espectro expandido.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones 
a sus efectos, Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


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