El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la solicitud de la empresa JOSÉ MANUEL POMBO SEMPRÚN. para que se autorice la instalación de un "Parque Industrial y Logístico", que estará ubicado en el padrón N° 8760 Suburbano, de la 7ª Sección Judicial del departamento de Canelones, localidad catastral Barros Blancos;
RESULTANDO: que el administrado adjunta, a los efectos de su evaluación, la siguiente documentación: Intendencia Municipal de Canelones, viabilidad de emplazamiento; MVOTMA, autorización ambiental previa; Certificado de propiedad del padrón N° 8760;
CONSIDERANDO: que la Comisión Asesora creada por el artículo 5° de la Ley N° 17.547, de 22 de agosto de 2002, en informe de fecha 22 de diciembre de 2017, recomienda conceder la habilitación solicitada;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, Ley N° 17.547, de fecha 22 de agosto de 2002, y Decreto N° 524/005, de fecha 19 de diciembre de 2005;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Habilítase a la empresa JOSÉ MANUEL POMBO SEMPRÚN, para la instalación de un "Parque Industrial y Logístico", que estará ubicado en el padrón N° 8760 Suburbano, de la 7ª Sección Judicial del departamento de Canelones, localidad catastral Barros Blancos.
Los beneficios otorgados por ésta Resolución solo podrán utilizarse en la misma proporción que exista entre la inversión ejecutada y la inversión total comprometida en el proyecto promovido.
A los efectos del control y seguimiento, la empresa JOSÉ MANUEL POMBO SEMPRÚN, deberá informar a la Dirección Nacional de Industrias, en la oportunidad que ésta lo determine, datos relevantes acerca de su actividad: avances de inversiones, situación económica financiera, niveles de producción, ventas, ocupación y estímulos fiscales usufructuados.