APROBACION DE REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DEL "NUEVO BANCO COMERCIAL S.A."




Promulgación: 11/06/2014
Publicación: 18/06/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1213
VISTO: La gestión promovida por el "Nuevo Banco Comercial S.A"., referente
a la reforma de los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22 y
23 de su estatuto social, supresión de los artículos 24, 25 y 26 y
disposiciones transitorias del mismo.

RESULTANDO: I) que por Acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de fecha 14 de agosto de 2013, se resolvió por unanimidad la
reforma de los referidos artículos.

II) que por Acta de Asamblea Especial de Accionistas Preferidos celebrada
el 14 de agosto de 2013, se aprobó la reforma solicitada.

III) que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley No.
16.060 de 4 de setiembre de 1989, Scotia Uruguay Holdings S.A., en su
calidad de único accionista titular del 100% de las acciones (ordinaria y
preferidas) del Banco gestionante, prestó su conformidad para que éste
utilice en su denominación social, el aditamento "Scotia".

CONSIDERANDO: I) que el Banco Central del Uruguay por Resolución de fecha
19 de febrero de 2014, dispuso no tener objeciones que plantear a la
reforma de los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 14, 15, 16, 17 y 18, siempre que
se realicen las modificaciones propuestas por esa Institución.

II) que los restantes Organismos Asesores en la materia, no opusieron
observaciones, siempre que se tengan en cuenta las modificaciones
indicadas por el Banco Central del Uruguay.

ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 411 de la Ley 13.892 de 19 de
octubre de 1970, artículo 4° numeral 5° del Decreto No. 574/974 de 12 de
julio de 1974 y Decreto Ley No. 15.322 de 17 de setiembre de 1982 y demás
disposiciones concordantes, a lo informado por el Banco Central del
Uruguay, la Auditoría Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Aprúebase la reforma de los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 14 y 15 del
Estatuto Social de "Nuevo Banco Comercial S.A.", los que quedarán
redactados en los términos propuestos en el Acta de Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas de fecha 14 de agosto de 2013 agregada de
fs. 75 a 76 y en el Acta de Asamblea Especial de Accionistas Preferidos de
igual fecha, agregada de fs. 72 a 73.

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 405/014 de 04/08/2014 numeral 1.

2

 Condicionar la aprobación de los artículos 16, 17 y 18 del Estatuto, a
que el gestionante incorpore formalmente las modificaciones propuestas por
el Banco Central del Uruguay.

3

 Notifíquese, expídase testimonio, devuélvase la documentación que
corresponda, comuníquese y archívese.-

JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA
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