ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. HORARIOS




Promulgación: 12/04/1993
Publicación: 19/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 319
   Visto: la resolución 942/992 del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social por la cual se autorizó a determinados establecimientos comerciales
del país a extender los horarios de cierre y a proceder a su apertura los
sábados, domingos y feriados.

   Resultando: que el régimen transitorio establedido venció el 10 de
abril de 1993, último domingo de Turismo.

   Considerando: I) Que el régimen de libertad de horarios comerciales,
ha brindado nuevas oportunidades de trabajo y una mejor atención al
usuario.

II) Que el comercio ha hecho un uso moderado de la flexibilidad horaria,
no habiendo surgido oposiciones del sector trabajador, por eventuales
violaciones a las normas que protegen el derecho a la limitación de la
jornada y al descanso semanal;

III) Que se encuentra a estudio del Poder Ejecutivo la elaboración de
un proyecto de ley, que modifique en forma permanente el régimen
establecido por el decreto ley 14.320 de fecha 17 de diciembre de 1974.

   Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 4º y 6º del
decreto ley 14.320,

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las
atribuciones delegadas

                              RESUELVE:

1

  Prorrogar con carácter precario y revocable en cualquier momento, el
régimen establecido por la Resolución Nº 942/992 de fecha 10 de noviembre
de 1992.

ENRIQUE ALVARO CARBONE
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