PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CAMPOMAR Y SOULAS S.A.




Promulgación: 29/04/1993
Publicación: 19/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El planteo realizado por la firma CAMPOMAR Y SOULAS S.A. para
que se extienda el plazo del Seguro del Desempleo para su personal;

    Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro de Paro;

 II) Que factores coyunturales adversos, determinán que la empresa se vea
imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores;

    Considerando: Que resulta conveniente conceder la extensión del plazo
solicitado, a afectos de conservar la unidad productiva, la reactivación
de la empresa y mantener los puestos de trabajo a personal especializado
de esta rama de actividad.

    Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
10 del Dec. Ley Nº 15.180 del 20 de agosto de 1981.

                    El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

     Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días al amparo de los
beneficios que otorga el Banco de Previsión Social por seguro de desempleo
a los trabajadores de la firma CAMPOMAR Y SOULAS S.A. 

2

   Comuníquese, publíquese, etc. 

AGUIRRE RAMIREZ - ENRIQUE ALVARO CARBONE
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