VISTO: la gestión de "Bapro Uruguay" (Sucursal del Banco de la Provincia
de Buenos Aires), solicitando autorización para aumentar el capital
asignado a su sucursal en la República Oriental del Uruguay.
RESULTANDO: I) que con fecha 24 de julio de 1997, el Directorio del
Banco resolvió aumentar el capital de su Sucursal a la suma de $
80:000.000,oo (pesos uruguayos ochenta millones).
II) que recabados los asesoramientos pertinentes, los organismos
intervinientes no formularon observaciones a la referida
solicitud.-
CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 411º de la Ley Nº 13.892,
de 19 de octubre de 1970, artículo 4º, numeral 5º, del Decreto Nº 574/974,
de 12 de julio de 1974, Decreto-Ley Nº 15.322, de 17 de setiembre de 1982
y disposiciones concordantes y complementarias.-
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase el aumento del capital de "Bapro Uruguay", (Sucursal del
Banco de la Provincia de Buenos Aires), el que queda fijado en
$ 80:000.000,oo (pesos uruguayos ochenta millones).