Exonérase a la empresa AMEREX S.A., del pago de los Impuestos a las
Rentas de la Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades
Económicas por UI 357.770, que será aplicable por un plazo de 5 años a
partir del ejercicio en que se obtenga renta fiscal, incluyendo a este
último en dicho cómputo, siempre que no hayan transcurrido cuatro
ejercicios de la declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo
máximo se incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en
que se haya dictado la presente declaratoria. Este beneficio se aplicará
de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del Decreto Nº 455/007 de 26 de
noviembre de 2007.