VISTO: Que la Intendencia de Canelones a través de la Comisión Honoraria
del Patrimonio Departamental, solicita la designación como Monumento
Histórico Nacional de lo que fuera el sitio en donde tuvo lugar la
"Batalla de Las Piedras".
CONSIDERANDO: I) Que en la actualidad en ese lugar se encuentra el Parque
Artigas, Padrón N° 1905 de la 4ª. Sección Judicial del Departamento de
Canelones, que conmemora la victoria del Ejército Artiguista el día 18 de
mayo.
II) Que la Ley N° 3.547 dispuso la expropiación de los terrenos en donde
se desarrolló la "Batalla de Las Piedras", con el fin de destinarlo a un
parque público conmemorativo de esta gesta, evidenciándose en la
actualidad la relevancia patrimonial del sitio.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley N° 14.040 de
20 de octubre de 1971, y su Decreto Reglamentario 536/972 de 1 de agosto
de 1972 y en el Decreto de fecha 1 de junio de 2006.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional el sitio donde se libró la
"Batalla de las Piedras", Padrón 1905 (con exclusión del predio del
Estadio Departamental), Localidad Catastral Las Piedras, Manzana 262,
Solar 001, 4ª Sección Judicial del Departamento de Canelones.
COMUNÍQUESE al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la
Intendencia de Canelones, a la Junta Departamental de Canelones, a la
Dirección Nacional del Catastro Nacional, a la Dirección del Catastro
Departamental y al Congreso de Intendentes.