Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión promovida por la empresa CARGAS Y SERVICIOS S.A. ante
la Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
servicios al buque en la categoría de Asistencia amarre y desamarre por
tierra y posterior inscripción en el Registro de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios.
Resultando: I) Que la firma CARGAS Y SERVICIOS S.A., fue habilitada con
anterioridad para prestar servicios portuarios a la mercadería en diversas
categorías, solicitando dicha empresa en esta oportunidad se amplíe la
habilitación para prestar servicios al Buque-Asistencia en las operaciones
de amarre y desamarre antes mencionadas;
II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en el
Decreto Nº 413/992 de fecha 1 de setiembre de 1992, por el cual se aprueba
el Reglamento de Habilitación de empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, complementario del registro creado con tales fines, según
Decreto Nº 412/992 de igual fecha que el anterior;
III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución de fecha 7
de marzo de 1994, remite al Ministerio de Transporte y Obras Públicas las
actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la intervención
de sus Divisiones Comercial y Hacienda,las cuales controlaron la
documentación aportada por la interesada, en cumplimiento de los
requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen
reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no formulándose
objeciones en tal sentido;
IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.
Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/992 del 1 de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la Administración Nacional de Puertos, a habilitar a la
empresa CARGAS Y SERVICIOS S.A. para prestar los servicios que se
solicitan, y oportunamente proceder a la inscripción de la misma en el
Registro de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios correspondiente,
una vez cumplidos todos los requisitos previstos en el Decreto Nº 413/992
del 1 de setiembre de 1992.