VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) por la cual el señor Eduardo Luis Añasco
Fedorovsky, permisionario de la radiodifusora CW 137, AM 1370 de la
localidad de San Javier, departamento de Río Negro, solicita se le
autorice a transferir la titularidad de la misma a favor del señor Peter
Woelke Regehr.-
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo (número interno
73.269) de fecha 15 de noviembre de 1994, se autorizó al señor Eduardo
Luis Añasco Fedorovsky el uso de la frecuencia 1370 Khz., para operar una
estación en la localidad de San Javier, departamento de Río Negro.-
CONSIDERANDO: I) que ha transcurrido el plazo de 5 años desde la
adjudicación inicial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-
II) que el señor Peter Woelke Regehr ha cumplido con las condiciones
establecidas por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre
de 1978.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto
734/978 de 20 de diciembre de 1978, Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre
de 1984, Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, Ley 17.296 de 21 de
febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la titularidad de la radiodifusora CW
137, AM 1370 de la localidad de San Javier, departamento de Río Negro,
del señor Eduardo Luis Añasco Fedorovsky, a favor del señor Peter Woelke
Regehr.