AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DEL SERVICIO IMPLANTACION DE MARCAPASOS. COMEPA




Promulgación: 08/06/1988
Publicación: 31/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la Cooperativa Médica de Paysandú (COMEPA) por la que solicita autorización para instalar un Servicio de Implantación de Marcapasos Definitivos.

   Considerando: I) Que el Departamento de Tecnología Médica no encuentra inconveniente en acceder a dicha solicitud dado que la mencionada Institución cuenta con los recursos físicos, técnicos y humanos necesarios;

   II) Que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública informa favorablemente respecto a la referida instalación.

   Atento: a lo establecido en el artículo 14 del decreto ley 15.181 de fecha 21 de agosto de 1981 y a la resolución del Poder Ejecutivo 221/983 de fecha 26 de mayo de 1983,

   El Ministro de Salud Pública, en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                 RESUELVE:

1

   Autorízase a la Cooperativa Médica de Paysandú (COMEPA) a instalar un Servicio de Implantación de Marcapasos Definitivos.

2

   Previo a la puesta en funcionamiento, dicha Cooperativa deberá recabar
la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud Pública.

3

   Comuníquese.

RAUL UGARTE ARTOLA
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