AMPLIACION DE LA AUTORIZACION A COMERCIALIZADORA DE ENERGIA ORIENTAL S.A. (CEOSA) A EXPORTAR A ARGENTINA, ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 24/06/2019
Publicación: 01/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA ORIENTAL S.A (CEOSA);

   RESULTANDO: I) que CEOSA solicita ampliación de la autorización de exportación de energía eléctrica de origen eólico a la República Argentina otorgada por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1178/017 de 19 de diciembre de 2017;

   II) que el plazo de la autorización mencionada fue prorrogado por Resolución del Poder Ejecutivo N° 94/019 de 19 de febrero de 2019;

   III) que actualmente la potencia máxima inyectada autorizada a exportar por la central eólica comprometida por CEOSA es de 2.45 MW;

   IV) que CEOSA presentó la modificación del acuerdo para la comercialización de la misma central eólica comprometida para la exportación, aumentándose la potencia hasta 7.8 MW y por un máximo de 1.500 MWh mensuales;

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, corresponde al Poder Ejecutivo autorizar la exportación de energía eléctrica;

   II) que la ampliación solicitada refiere únicamente a la potencia inyectada y se mantienen todas las restantes condiciones de la autorización de exportación;

   III) que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional de Energía sugieren otorgar la ampliación de la autorización solicitada;

   ATENTO: a lo expuesto, y lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional de Energía;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Amplíase de 2.45 MW hasta un máximo de 7.8 MW y 1.500 MWh mensuales, la potencia inyectada indicada en el numeral 2° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1178/017 de 19 de diciembre de 2017 con plazo prorrogado por Resolución del Poder Ejecutivo N° 94/019 de 19 de febrero de 2019, que se autoriza a exportar a COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA ORIENTAL S.A (CEOSA).

2

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico, y oportunamente archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
Ayuda