PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. RALTUR S.A.




Promulgación: 18/04/1996
Publicación: 03/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El planteo efectuado por la firma RALTUR S.A. a efectos de que
se extienda el beneficio del Seguro por Desempleo para 62 (sesenta y dos)
de sus trabajadores.

    Resultando: I) Que la mencionada empresa se vio obligada a enviar al
Seguro de Desempleo a su personal por graves problemas económicos y
financieros que han afectado a la industria metalúrgica nacional;

    II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión,
determinan la imposibilidad de reintegrar en forma inmediata a sus
trabajadores, sin perjuicio que gestiones formalizadas permitirían la
reapertura de su planta fabril.

    Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

    II) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando las
medidas tendientes a la reactivación de la firma con la finalidad de
mantener la fuente de trabajo;

    Atento: A lo expuesto precedentemente, y a lo establecido en el art.
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981,

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro de Desempleo a los 62 (sesenta y dos) trabajadores de la
firma RALTUR S.A., que se encuentren en condiciones de acceder al mismo. 

2

   Comuníquese, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI -  ANA LIA PIÑEYRUA
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