VISTO: la solicitud de autorización promovida por la Administración
Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE) para emitir
obligaciones negociables en el marco del Plan Estratégico de Estructura
Objetivo Financiamiento y direccionado al fomento del ahorro público a
través del mercado de valores.
RESULTANDO: I) que la referida emisión será por un monto de hasta U$S
30.000.000 (dólares de los Estados Unidos de América treinta millones),
denominadas en dicha moneda por un plazo de cinco años y amortizables a su
vencimiento, estableciéndose la posibilidad de rescate o cancelación
anticipada a ejercerse en cada aniversario de la emisión.
II) que la Asesoría Macroeconómica y la Unidad de Gestión de Deuda Pública
del Ministerio de Economía y Finanzas no han formulados objeciones a la
autorización para emitir solicitada por la Administración Nacional de
Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE).
CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud del ente referido.
ATENTO: el artículo 267 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, en la
redacción dada por el artículo 337 de la Ley 18.996 de 7 de noviembre de
2012 y el artículo 63 de la Ley 18.627 de 24 de noviembre de 2009,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Confiérese autorización a la Administración Nacional de Usinas y
Transmisiones Eléctricas (UTE) para realizar una emisión de obligaciones
negociables, en los términos referidos en la presente resolución.