AUTORIZACION AL PIT-CNT PARA UTILIZAR LA TRANSMISION SIMULTANEA EN OCASION DEL "DIA DE LA RESISTENCIA Y DEFENSA DE LA DEMOCRACIA"




Promulgación: 24/06/2014
Publicación: 01/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

VISTO: la solicitud planteada por el PIT-CNT, a los efectos de utilizar la
transmisión simultánea prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de
20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del
Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008, en ocasión de conmemorarse el "Día
de la Resistencia y Defensa de la Democracia" el próximo 27 de junio;

RESULTANDO: que la referida petición tiene como finalidad transmitir un
mensaje a la población alusivo al día que se conmemora;

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en las normas aludidas en
el VISTO de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo
disponer la precitada transmisión simultánea;

II) que se entiende que en el caso procede acceder a lo solicitado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 32
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el
artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008, artículo 2° del
Decreto 350/986 de 8 de julio de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transmisión simultánea solicitada por el PIT-CNT para el
día 27 de junio de 2014, prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de
20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del
Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008.

2

 Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

JOSÉ MUJICA -  JOSÉ BAYARDI - ROBERTO KREIMERMAN 
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