Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por las firmas CELOPRINT S.A. y ERWA S.A.,
para que se extienda el plazo del Seguro Por Desempleo.
Resultando: I) que ambas firmas desarrollan en forma coordinada sus
actividades, siendo causal de pronunciamiento expreso del Banco de
Previsión Social la existencia de un conjunto económico;
II) que en agosto de mil novecientos noventa y tres se produjo un serio
deterioro económico por lo que los apoderados de ambas empresas en
setiembre de ese año debieron enviar a casi la totalidad del personal de
dichas firmas al Seguro por Desempleo; finalizando los mismos a fines de
marzo de 1994;
Considerando: I) que los esfuerzos realizados hasta el momento por las
empresas han tenido sus frutos; retomando a varios de sus trabajadores;
II) que debido a las exportaciones a la República Argentina, que se han
comenzado a realizar el trabajo viene aumentando en forma paulatina, razón
por la cual se espera continuar reintegrando personal de ambas firmas.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
Nº 10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días el amparo de los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por el Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de las firmas CELOPRINT S.A. y ERWA S.A.