AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. RUIMAR S.R.L.




Promulgación: 17/04/1996
Publicación: 02/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 884
  Visto: la gestión promovida por la empresa RUIMAR S.R.L. tendiente a
obtener la concesión de explotación del servicio regular de transportes
de pasajeros de la línea nacional de corta distancia San José - Santa
Lucía (Departamento de Canelones) y viceversa, ingresando a Villa
Rodríguez (Departamento de San José) e Ituzaingó (Departamento de
Florida), por rutas 11 y 45 con un recorrido de 38 km.

  Resultando: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de
noviembre de 1989 se declaró la caducidad de la concesión de la citada
línea a la empresa San José-Santa Lucía, otorgada por resolución del
Poder Ejecutivo de 16 de febrero de 1977, ya que dicha empresa carecía
de flota propia, por lo que arrendaba vehículos a las empresas RUIMAR
y COMSA para prestar los servicios citados.

II) Que ello motivó el otorgamiento de permisos precarios a la empresa
COMSA, para atender los servicios de la citada línea.

III) Que oportunamente las empresas RUIMAR y COMSA presentaron
solicitudes de concesión de la referida línea, al considerarse ambas con
derecho a la misma:

IV) Que por Resolución de la Dirección Nacional de Transporte de fecha 23
de agosto de 1993, se autorizó a la empresa RUIMAR con carácter provisorio
y revocable, para que realizara servicios en la línea citada
distribuyéndose el mercado en partes iguales entre ambas empresas
solicitantes.

V) Que por resolución de 6 de octubre de 1994 se le prorrogó el referido
permiso.

VI) Que se han efectuado las publicaciones de estilo, para adjudicar la
concesión a la empresa RUIMAR mediando observaciones de la empresa COMSA,
las cuales fueron desestimadas por el Grupo de Trabajo sobre Concesiones
de Líneas.

  Considerando: que la empresa RUIMAR ha presentado la documentación
necesaria, encontrándose en condiciones reglamentarias de obtener la
referida concesión, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la
Concesión de Servicios Regulares de Transporte por Carretera.

  Atento: a lo expuesto, a lo dispuesto en los Decretos 228/991 del 25 de
abril de 1991 y modificativo, y 116/993 del 3 de marzo de 1993 y a lo
informado por la Dirección Nacional de Transporte y la Dirección de
Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

                      El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Otórgase a la empresa RUIMAR S.R.L. la concesión definitiva de
explotación del servicio regular de transporte de pasajeros de la línea
nacional de corta distancia, San José-Santa Lucía (Departamento de
Canelones) y viceversa, ingresando a Villa Rodríguez (Departamento de
San José) e Ituzaingó (Departamento de Florida), por Rutas 11 y 45, con
un recorrido de 38 km. por un plazo de 5 años a contar de la fecha de la
presente Resolución.

SANGUINETTI- LUCIO CACERES
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