Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $
351:177.542,71 (pesos uruguayos trescientos cincuenta y un millones ciento
setenta y siete mil quinientos cuarenta y dos con setenta y un
centésimos), la cual se discrimina de la siguiente manera: $
244:849.806,41 para Contrato, $ 53:866.957,41 para I.V.A. (22%), $
20:535.547,74 para Leyes Sociales y $ 31:925.231,15 para Imprevistos
(10%).
Dicha erogación, más los mayores costos resultantes, se atenderán con
cargo a la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, Inciso 10, Programa
362, Proyecto N° 750, Financiación 1.1. (Rentas Generales) y 2.1
(Endeudamiento-B.I.D.), Ejercicio 2013 y siguientes.