Dispónese que la firma adjudicataria contará con un plazo de 28
(veintiocho) días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de
la presente resolución, para la constitución de la garantía de fiel
cumplimiento de contrato. La falta de constitución de la garantía, hará
pasible de la aplicación de lo preceptuado en el Pliego de Condiciones
Particulares de la presente Licitación.