Comuníquese y siga a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas a fin de proceder a la intervención contable
del caso, fecho siga al Contador Central delegado por la Contaduría
General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la
República, destacados en dicha Secretaría de Estado, para su toma de
conocimiento. Cumplido, vuelva a la citada unidad ejecutora para
notificación de los interesados y proceder según lo establece el Decreto
N° 526/003 de 18 de diciembre de 2003 y demás efectos.