Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por los trabajadores de la firma UNION STAR
S.A. (Zona Franca Nueva Palmira - Colonia) solicitando la extensión del
Seguro por Desempleo para 76 (setenta y seis) de sus trabajadores.
RESULTANDO I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por Desempleo a su personal;
II) Que factores coyunturales adversos, que han afectado a la generalidad
de la Industria del Caucho, determinan que la empresa se vea
imposibilitada a reintegrar a dichos trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio
determinaría un importante e irreparable problema social.
III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo en virtud de la trascendencia que dicha firma tiene para el
departamento de Colonia, especialmente para Nueva Palmira y zonas
aledañas.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo estatuído por el Decreto-Ley
Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 76 (setenta y seis)
trabajadores de la empresa UNION STAR S.A. (Zona Franca Nueva Palmira -
Colonia) que estuvieren en condiciones legales de acceder al mismo.