PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. COLONIA MINERALES S.A.




Promulgación: 22/03/2000
Publicación: 29/03/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por la Empresa COLONIA MINERALES S.A., cuyo
giro es la industria extractiva, a fin de que se extienda el plazo del
Seguro por Desempleo a 7 (siete), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la citada empresa se encontró obligada a reducir
transitoriamente su producción, debiendo enviar a parte de su personal al
Seguro de Paro.

II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada de reigresar a los mismos.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Inciso 2º del Art. 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general mantener esta fuente de trabajo y
producción, para que la empresa continúe efectuando gestiones tendientes
a concretar la reactivación industrial.

III) Que resulta conveniente extender el amparo al Seguro por Desempleo a
los trabajadores afectados por la medida.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10 del
Decreto-ley Nº 15.180 de 20 de Agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

   EXTIENDESE por el plazo de noventa (90), días y a partir de sus
respectivos vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga
el Banco de Previsión Social a 7 (siete), trabajadores de la empresa
COLONIA MINERALES S.A., que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo.

2

   El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que establece el artículo 6º del Decreto Ley Nº
15.180, de 20 de agosto de 1981. 

3

   COMUNIQUESE, notifíquese, etc. 

BATLLE - ALVARO ALONSO
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