DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION DE CASTRO HNOS. S.A




Promulgación: 29/03/1978
Publicación: 05/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 491
Referencias a toda la norma
   Visto: la solicitud de la firma De Castro Hnos. S.A., tendiente a
obtener al amparo de la ley 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo
de 1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad que se
propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.

   Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a incorporar nuevas
líneas de producción de cierres, en poliester, medida 6.1 mm. y mediante
inyección directa en cinta, variedad "diente de perro" levantar cuellos de
botella existentes en el proceso productivo y mejorar la eficiencia
productiva mediante sustitución de equipos obsoletos y modernización de
otros evolucionando hacia procesos más automatizados;

   II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por De Castro Hnos. S.A. y propone medidas
promocionales.

   Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la firma De Castro Hnos S.A., por cuanto el proyecto
es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan
Nacional de Desarrollo en cuanto permite el crecimiento de la actividad
industrial complementando la producción de la empresa, otorgándole mayor
eficiencia productiva por la incorporación de nuevas líneas de producción,
sustituyendo y modernizando equipos, adecuando la dimensión, tecnología y
calidad, con un balance de divisas positivo.

   Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,

   El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por De Castro Hnos. S.A. para incorporar nuevas líneas de
producción de cierres, en poliester, medida 6.1 mm. y mediante inyección
directa en cinta, variedad "diente de perro" levantar cuellos de botella
existentes en el proceso productivo y mejorar la eficiencia productiva
mediante sustitución de equipos obsoletos y modernización de otros
evolucionando hacia procesos más automatizados. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al numeral

2

   Exonérase en forma total a la empresa De Castro Hnos. S.A., de
recargos, incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y
tasas portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación y, en general,
todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
equipamiento previsto en el proyecto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

3

   Exonérase el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria que grave las
operaciones de crédito y garantías previstas para la ejecución del
proyecto, por los 5 primeros años a partir de la presente resolución. Esta
exoneración no comprende el adicional establecido en el artículo 2.o del
Título 23 del Texto Ordenado - 1976.

4

   Exonérase a De Castro Hnos. S.A. de los tributos que recaigan sobre la
constitución y registro de garantías reales y personales previstos para la
ejecución del proyecto, por el lapso de 5 años a partir de la presente
resolución.

5

   Exonérase de todo tributo, la ampliación del capital e inscripción
respectiva de la sociedad anónima De Castro Hnos. S.A. y la emisión de
acciones en el monto necesario para la ejecución del proyecto dentro de un
plazo de 5 años a partir de la presente resolución.

6

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa De Castro Hnos.
S.A., deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía,
anualmente y durante los años 1 a 5 de la puesta en marcha del proyecto,
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados,
sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.

7

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

8

   Comuníquese, etc.

  APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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