El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la solicitud de modificación del estatuto de la "Caja de Auxilio del Seguro de Enfermedad de los Funcionarios del CASMU (CASEFCASMU)";
RESULTANDO: que la referida Caja de Auxilio presentó de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011 y del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, los siguientes recaudos: a) proyecto de estatuto de "Caja de Auxilio del Seguro de Enfermedad de los Funcionarios del CASMU" adaptado a la nueva normativa, b) estudio técnico que demuestra la viabilidad financiera de la referida Caja de Auxilio, c) convenio colectivo de fecha 30 de junio de 2011 celebrado entre CASMU IAMPP y la Asociación de Funcionarios de CASMU (AFCASMU);
CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social (DINASS) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social formuló observaciones, las que fueron subsanadas según informe de 14 de junio de 2018;
II) que las actuaciones fueron remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de realizar el estudio de viabilidad financiera de conformidad con lo previsto en el artículo 31 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011;
III) que realizado el estudio antes mencionado, los Asesores del Ministerio de Economía y Finanzas realizaron un informe de fecha 26 de marzo de 2015 estableciendo la viabilidad financiera de "Caja de Auxilio del Seguro de Enfermedad de los Funcionarios del CASMU;
IV) que con posterioridad y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011 las actuaciones fueron remitidas al Banco de Previsión Social, que formuló observaciones, las que fueron subsanadas por parte de los representantes de la Caja de Auxilio que nos ocupa;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones de los artículos 17 y 23 de la Ley N° 18.731 de 7 de enero de 2011, así como de los artículos 30 a 34 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
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APRUÉBASE el proyecto de modificación del estatuto presentado por "Caja de Auxilio del Seguro de Enfermedad de los Funcionarios del CASMU (CASEFCASMU)" el que se adjunta como Anexo (*) a esta Resolución y que es parte integrante de la misma.