VISTO: la situación de crisis energética que atraviesa el país y las
gestiones realizadas por la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (UTE) para la compra e importación de energía
eléctrica,
RESULTANDO: que como consecuencia de las actuaciones realizadas, la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE)
presentó para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo, la compra e
importación de energía eléctrica de Brasil, adjudicada mediante
contratación directa, al amparo de las disposiciones establecidas en el
literal g) del numeral 3 del art. 33 del T.O.C.A.F. a la empresa TRADENER
LTDA., asociada a 72 MW de potencia en el nodo de entrega, en los
términos establecidos en el "Acuerdo de Provisión", celebrado entre el
mencionado organismo estatal y la citada empresa,
CONSIDERANDO: 1.-) que nada obsta para proceder en la forma solicitada
por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE),
de conformidad a lo establecido por el art. 4 literal c) del Decreto-Ley
No. 15031 de 4 de julio de 1980, art. 5 del Decreto-Ley No. 14694 de 1 de
setiembre de 1977 y por el Decreto No. 187/2004 de 9 de junio de 2004,
2.-) que se mantiene la situación de crisis energética en el país,
ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Dirección Nacional de Energía
y Tecnología Nuclear y la Asesoría Jurídica,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase el contrato celebrado por la Administración Nacional de Usinas
y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y la empresa TRADENER LTDA., destinado a
la compra e importación de energía eléctrica de Brasil, asociada a 72 MW
de potencia en el nodo de entrega. (*)