El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
del decreto ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa Alona S. A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 104.200 y siempre que se realicen dentro del plazo de 18
meses a partir de la presente Resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto
por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.