REVOCACION LA RESOLUCION DE LA URSEC 026/005 QUE OTORGO LA LICENCIA DE TELECOMUNICACIONES CLASE D A LERIGER SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 31/12/2024
Publicación: 13/01/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) con relación a la empresa LERIGER S.A.;

   RESULTANDO: I) que por Resolución de URSEC N° 026/005, de 3 de febrero de 2005, se le otorgó a LERIGER S.A., la Licencia de Telecomunicaciones Clase D para la prestación del servicio de televisión para abonados por la modalidad alámbrica, en las ciudades de Colonia Valdense, Rosario, Juan Lacaze y Nueva Helvecia del departamento de Colonia;

   II) que la citada autorización fue notificada a la interesada el 9 de marzo de 2005;

   III) que el 28 de marzo de 2006 compareció LERIGER S.A., ante la URSEC, solicitando cambiar parcialmente el proyecto aprobado para que se le permitiera transitar por las redes de las empresas Colonia Visión TV S.R.L. en las localidades de Juan Lacaze y Colonia Valdense y Telecable Ltda, en las localidades de Nueva Helvecia y Rosario;

   IV) que no existió pronunciamiento de la Administración con relación a la propuesta de modificar el proyecto originalmente autorizado, configurándose la denegatoria ficta de la solicitud;

   CONSIDERANDO: I) que como resultado del procedimiento inspectivo realizado por los servicios técnicos de la URSEC, en las ciudades de Colonia Valdense, Rosario, Juan Lacaze y Nueva Helvecia, se constató que LERIGER S.A. no ha desplegado red alguna ni presta el servicio de TV para Abonados;

   II) que ha transcurrido ampliamente el plazo para la puesta en funcionamiento del sistema, sin que la empresa haya realizado acción alguna para la prestación del servicio;

   III) que habiéndose otorgado la vista de precepto a la interesada, la misma no fue evacuada;

   IV) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL), y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, sugieren proceder a la revocación que se propicia;

   ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 147 de la Ley N° 18.179, de 27 de diciembre de 2010, el Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Revócase la Licencia de Telecomunicaciones Clase D otorgada a LERIGER S.A, por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones N° 026/005, de 3 de febrero de 2005, para la prestación del servicio de televisión para abonados por la modalidad alámbrica, en las ciudades de Colonia Valdense, Rosario, Juan Lacaze y Nueva Helvecia del departamento de Colonia.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

   LACALLE POU LUIS; ELISA FACIO.
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