Visto: la solicitud de la firma RODOLFO P. BENAS S.A. dedicada a
la fabricación de artículos de acero inoxidable tendiente a obtener al
amparo de la ley 14.178, de Promoción Industrial, del 28 de marzo de
1974, la declaración de lnterés nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la modernización de
la Planta mediante la instalación de nuevos equipos.
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió Propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por RODOLFO P. BENAS S.A. y propone medidas
promocionales;
Considerando: que el proyecto presentado por la firma RODOLFO P. BENAS
S.A. es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del
Plan Nacional de Desarrollo en cuanto se concreta una mejora tecnológica
que contribuye al incremento de la calidad de artículos terminados. Se
crean nuevos puestos de trbabajo.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178, de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por RODOLFO P. BENAS S.A., dedicada a la fabricación de
artículos de acero inoxidable para la modernización de la Planta mediante
la instalación de nuevos equipos.
Exonérase en forma total a la empresa RODOLFO P. BENAS S.A. de todo
recargo, incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo
de la industria nacional":
Un (1) equipo para soldar fondos de aluminio completo, con
accesorios y repuestos.
Un (1) laminador de aluminio con accesorios y repuestos.
Una (1) aceitadora para discos con accesorios y repuestos.
Una (1) cizalla circular con accesorios y repuestos.
Una (1) pulidora de piletas de acero inoxidable con accesorios y
repuestos.
El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa RODOLFO P. BENAS S.A., hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 85.400 y siempre que se realicen dentro del plazo de
dieciocho (18) meses a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a
lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre
de 1979.
A los efectos del control y seguimiento, la empresa RODOLFO P. BENAS
S.A., deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía
anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto,
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados,
sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.
A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.
Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a los normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá
cuando a ello hubiera mérito, traer aparejado de oficio o a petición de
parte de la autoridad respectiva, la revocación de la Declaración de
Interés Nacional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley
14.178, de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que
se establezcan.