Autorízase a la empresa ACUAMANIA S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso 2º del Decreto 291/995 (exoneración del
Impuesto al Valor Agregado a la importación de bienes destinados a la
construcción -infraestructura y obra civil-) en relación a los siguientes
bienes, y por hasta la suma de U$S 300.000: -juegos acuáticos.