El pago provisorio referido a los salarios mínimos en las categorías
que se indican, será la siguiente:
TRABAJADORES RURALES, EMPLEADOS EN LAS
LABORES DE AGRICULTURA Y GANADERIA:
Administrador 307.00
Capataz 262.00
Escribiente 252.00
Peón Especializado 212.00
Sereno 212.00
Tractorista 212.00
Peón Chacarero 212.00
Peón común 204.00
Cocinero 178.00
Menores de 18 años 178.00
Servicio Doméstico 165.00
Tropero (por día) 9.50
Jornalero (por día) 9.50
TRABAJADORES DE GRANJAS, JARDINES, VIÑEDOS, CRIADEROS DE AVES, SUINOS Y
CONEJOS, APIARIOS Y ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES EN GENERAL DE VERDURAS,
LEGUMBRES, TUBERCULOS, FRUTAS Y FLORES:
Administrador 293.00
Capataz 240.00
Escribiente 230.00
Peón especializado 190.00
Sereno 190.00
Peón chacarero 190.00
Peón común 181.00
Menores de 18 años 158.00
Cocinero 158.00
Servicio doméstico 155.00
Jornalero (por día) 8.00
Los importes precedentes corresponden a aportaciones mensuales (salvo
los casos que se indican especialmente).
Para calcular la aportación diaria deberá dividirse los montos indicados
entre 25.